Decreto No 15, por el que se determina el orden en que deben llevarse las vacantes por faltas temporales o absolutas de los Diputados en ejercicio, con los suplentes que corresponden a la respectiva provincia o comarca Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-003248 Unidad documental simple 1906-05-10 - 1906-05-26 Asamblea Legislativa, Congreso