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Decreto No 8, por el que se aprueban los decretos siguientes emitidos por la Comisión Permanente; No 1 de 1º de octubre de 1904, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo para invertir hasta la suma de veinte mil colones en el pago de sueldos y otras necesidades de la Instruccion Pública No 2 de 15 de octubre de 1904, por el cual se aclara que los doscientos ochenta colones consignados en el Presupuesto General de Gastos a favor de la Junta de Educacion de San Juan de Atenas, corresponden a la Junta de San Juan de la Union de Cartago; y el No 6 de 13 de Enero de 1905, que autoriza a la Junta de Educacion de San José para vender en pública subasta una finca de su propiedad



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