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Descripción archivística
Decreto No 4 de 15 de Mayo de 1903, que aprueba el No 10 de la Comisión Permanente de 1º de Noviembre de 1902, relativo a eximir de derechos de aduana y muellaje hasta el 30 de Abril de 1903 inclusive el cimento romano y los tubos de barro que se introduzcan para usar exclusivamente en el puerto de Limón en aceras y conexion de las casas con las cloacas



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