El Consejo Nacional de la República, declara que los Jueces de Primera Instancia deben proceder a ordenar los trámites establecidos para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley No. 13 del 22 de Diciembre de 1877. Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-020880 Unidad documental simple 1878-11-06 - ? Asamblea Legislativa, Congreso