Mostrando 1 resultados

Descripción archivística
Solicitud de varios vecinos de Nicoya de la provincia de Guanacaste, al Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, pidiendo la segregación de ésta y su anexióna la Comarca de Puntarenas, acompañada de los respectivos informes del Gobernador y Municipalidad de Guanacaste desfavorables al intento; y Proposición y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo enviada al Congreso por el órgano del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, para obviar las dificultades consiguientes a la segregación, se propone eregir en circuito judicial el cantón de Nicoya, reglamentandose lo conducente. Pasada a la Comisión de Gobernación, ésta dió un dictamen favorable en parte, fué aprobado en general y en detalle en tercer debate; y en consecuencia el Congreso emitió su Decreto No. 21, de veinticinco de Junio de mil ochocientos setenta y cinco, que tiene la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se declara que el Tribunal del Jurado para delitos comunes en la provincia de Guanacaste, será compuesto tan sol



Imprimir vista previa Ver :

Solicitud de varios vecinos de Nicoya de la provincia de Guanacaste, al Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, pidiendo la segregación de ésta y su anexióna la Comarca de Puntarenas, acompañada de los respectivos informes del Gobernador y Municipalidad de Guanacaste desfavorables al intento; y Proposición y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo enviada al Congreso por el órgano del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, para obviar las dificultades consiguientes a la segregación, se propone eregir en circuito judicial el cantón de Nicoya, reglamentandose lo conducente. Pasada a la Comisión de Gobernación, ésta dió un dictamen favorable en parte, fué aprobado en general y en detalle en tercer debate; y en consecuencia el Congreso emitió su Decreto No. 21, de veinticinco de Junio de mil ochocientos setenta y cinco, que tiene la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se declara que el Tribunal del Jurado para delitos comunes en la provincia de Guanacaste, será compuesto tan sol

  • CR AN CR-AN-AH-AL-008345
  • Unidad documental simple
  • 1875-05-03 - 1875-06-25

Título: Solicitud de varios vecinos de Nicoya de la provincia de Guanacaste, al Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, pidiendo la segregación de ésta y su anexióna la Comarca de Puntarenas, acompañada de los respectivos informes del Gobernador y Municipalidad de Guanacaste desfavorables al intento; y Proposición y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo enviada al Congreso por el órgano del señor Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, para obviar las dificultades consiguientes a la segregación, se propone eregir en circuito judicial el cantón de Nicoya, reglamentandose lo conducente. Pasada a la Comisión de Gobernación, ésta dió un dictamen favorable en parte, fué aprobado en general y en detalle en tercer debate; y en consecuencia el Congreso emitió su Decreto No. 21, de veinticinco de Junio de mil ochocientos setenta y cinco, que tiene la sanción del Poder Ejecutivo, por el cual se declara que el Tribunal del Jurado para delitos comunes en la provincia de Guanacaste, será compuesto tan solo de vecinos de la Capital de la misma provincia y de sus barrios; y se dispone que el Poder Ejecutivo proceda a convocar la respectiva electoral para que haga la elección de los Jurados que deban reponer a los de las villas de Nicoya, Santa Cruz, Bagaces y las Cañas, que tienen el inconveniente de la distancia para prestar ese servicio.

Asamblea Legislativa, Congreso