Decreto N°155 de 4 de agosto dispone que los deudores del Banco de Crédito Hipotecario que tengan allí sus fincas sin haber sido rematadas, puedan recuperarlas cumpliendo con las formalidades que esta ley exige Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-016919 Unidad documental simple 1934-08-07 - ? Asamblea Legislativa, Congreso