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Expediente del proyecto presentado por el diputado Monseñor Solís. El Congreso mediante Decreto N°67 del 23 de junio señala que las rentas que forman el Fondo Nacional de Educación producto, de la renta de licores, rentas de destace, etc sean depositadas en el Banco de Costa Rica a la orden de las respectivas Juntas de Educación y que el Poder Ejecutivo debe cancelar a esas Juntas sus créditos en un término de dos años



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