Café productores: Dispone que el Estado reconocerá a estos cuando el precio por fanega que fije la Junta de liquidaciones, mientras dure la vigencia de esta ley sea inferior a ø30 la diferencia hasta completar Añadir al portapapeles CR AN CR-AN-AH-AL-019233 Unidad documental simple 1940-07-06 - ? Asamblea Legislativa, Congreso