Alvarado Pedro Daniel: Decreto Nº154 de 4 de agosto de 1934 que concede el citado, accidentado del Ferrocarril, una pensión de ø50, que fué concedida el 7 de agosto de 1934. El Tribunal Superior de Arbitraje ordena al Estado a pagarle una pensión por accidente de trabajo el 7 de mayo de 1934