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Heredia. El Jefe Político Superior, hace saber con fecha 22 de diciembre de 1825, lo que sigue: Que para evitar los obstáculos, que puedan presentarse en el ejercicio de sus, la Asamblea decreta, que todo ciudadano, que sea electo para desempeñar un trabajo en algún Poder Público, no podrá tener otro destino de nombramiento

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