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Expediente relativo al indulto en favor del Presbítero Joaquín Carrillo Contiene: oficio de la Secretaría de la Asamblea de fecha 1º de junio de 1827, dirigido a Manuel Alvarado, Simeón Guerrero, Manuel Aguilar, Mariano Montealegre y Francisco Madriz, notificándoles haber sido nombrados en Comisión para dar su dictamen acerca de la duda que ocurre respecto a si por el decreto de indulto en favor de Carrillo, mandado suspender, se ha infringido o no la Constitución del Estado en sus Artículos 57 y 58 Dictamen de la referida Comisión de fecha 13 de marzo de 1828, manifestando que en el concepto de que los indultos se conceptúan una verdadera ley por la que se establece una gracia, para concederlos deben observarse todos los trámites requeridos por la Ley Fundamental, y que observando que en el indulto en cuestión no se llenaron para expedirse dichos trámites, opina que su detención y suspensión fue arreglada, y que para que pueda ser efectivo es necesario que en su otorgamiento se guarden exactamente las formal

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