Expediente relativo al Decreto N°19 emitido por el Congreso, se declara que la fracción 21, artículo 77 de la Constitución faculta al Poder Ejecutivo no solo para los casos que allí se designan sino también para salvar la República de cualquier compromiso en que puedieran precipitarla el abuso o la imprevisión en los procedimientos judiciales respecto de negocios que se ventilen entre extranjeros o entre éstos y los hijos del país. Suspensión de litigio entre Eduardo Alejandro Joy y Juan María Young