Expediente relativo a la representación correspondiente que debe darse al Partido de Nicoya en las elecciones de los Supremos Poderes Contiene: un informe sobre el número de habitantes de los pueblos de Nicoya, Santa Cruz y Guanacaste; una comunicación del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional del Estado en que manifiesta que debiendo girar la elección sobre la base de la población del Partido, reproduce y recuerda el informe dirigido a la Asamblea sobre el particular; el dictamen de la Comisión de Legislación, manifestando que por el número de su población el Partido de Nicoya debe tener un diputado, y haciendo ver el número de electores de partido y el de parroquiales que le corresponden, ésto para sufragar por las autoridades del Estado Con respecto a la representación que le corresponde en las elecciones de las Supremas Autoridades Federales, la Comisión ha agregado al Departamento Occidental el distrito de Nicoya y ha formado la tabla que va adjunta al dictamen