el edificio de los almacenes a causa de los terremotos del año 1822 y el que se ha padecido el 31 de agosto último ha quedado del todo inútil y con evidente riesgo de acabarse de caer por sí solo, en este caso lo que procede para evitar que se pierdan los materiales de madera y teja y así mismo evitar el daño consiguiente a los edificios particulares, de los vecinos es proceder a la demolición inmediata. Se dispone esta se haga sin perdida de tiempo a cargo de la renta. Federal, dejando las paredes de afuera a media altura o sea la de 2 varas y media y cubriéndose de teja que sirva de vallado extensivo a la cuadra de los almacenes mientras los superioridad general acuerda la reedificación del edificio, que todos los materiales útiles se guarden y conserven del mejor modo, librándolo de avería y daño posible