Decreto No 20 de 2 de Noviembre, que prohíbe usar madera en le revestimiento de la techumbre y de los muros exteriores de los edificios que en lo sucesivo se construyan en la ciudad de Limón, hace algunas excepciones para las construcciones provisionales y establece excención de derechos fiscales por dos años para los materiales como hierro que se importen para las nuevas construcciones