Rapports

Decreto No 14 de 26 de Mayo, que aprueba el No 2 de la Comisión Permanente de 8 de Noviembre de 1898, que reforma el artículo 11 del Codigo Fiscal, estableciendo que los buques que no sean de vapor paguen el derecho de puerto por tonelada de carga que conduzcan para Costa Rica en vez de hacerlo por tonelada de registro y 10 pesos por entrada y salida por derecho de faro

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