Decreto Nº 57 de 27 de julio de 1892 Autoriza al Poder Ejecutivo para que arregle en los términos que estime conveniente el reclamo presentado por los señores Don Juan Félix y Don Ricardo Bonilla, y para pagar el valor del reclamo convenido, si el contrato hecho de este arreglo fuere aprobado por la Comisión Permanente, exigiendo garantía de devolucion para el caso de que arregle no fuere aprobado por el Congreso