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Decreto N°2 de 18 de setiembre deroga la Ley N°6 de 14 de agosto de 1916 sobre cultivo de cabuya y aprueba el contrato con Alfredo Greñas para arrendar 50 hectáreas de terreno de su propiedad para cultivar en él esas plantaciones. En el Taller de Obras Públicas se establecerá una Sección de industria textil donde elabore la fibra que produzca dicha finca

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