Decreto N°193 de 16 de agosto suspende los efectos de la Ley N°13 de 2 de junio de 1928 sobre defensores públicos y declara vigente los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de Tribunales, autorizando el nombramiento o desiganción de defensores de oficio, cargo que será obligatorio y gratuito