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Decreto Nº16 emitido por el Congreso, se dispone que las personas que sirvan 3 años por los menos la Presidencia de la República, quedan en libertad para admitir o no cualquier cargo consejil o lucrativo; y las que sirvan por igual tiempo cualquiera de las Secretaría de Estado, gozan de la misma exención durante 4 años después de haber cesado en el ejercicio de sus funciones. Sancionado

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