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Decreto emitido por el Poder Ejecutivo el 12 de diciembre, relativo a la provisión de tabaco iztepeque, habiendo sido necesario al Gobierno negociarlo por contrata con el del Salvador para que la Factoría no careciera más de dicho artículo, en virtud de las razones que en el preámbulo se exponen y en uso de la autorización concedida por el Decreto de 4 de septiembre del año próximo pasado, dispone que el surtido de tabaco iztepeque que por contratas ha venido a la Factoría, se distribuya sucesiva y gradualmente en las tercenas del Estado y en estas se expenda al público al precio de ocho reales libra, igualmente dispone lo que debe hacer la Factoría para formarse el cargo correspondiente y hacer el que es consiguiente a los tercenistas; este Decreto se circulará para su publicación y ejecución y queda sujeto a la aprobación de la Legislatura ordinaria

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