Decreto del Presidente de la República de Centro América por el que, en virtud de varias razones relativas a la actual situación política de la República, expresadas en 12 considerandos, se dispone convocar un Congreso Nacional Extraordinarios, planamente autorizado por los pueblos, para restablecer el orden constitucional y proveer por todos los medios propios de su poder y sabiduria a las necesidades de la República; se compondrá de representantes elegidos libremente por los pueblos con arreglo a la Constitución, en razón de 2 por cada 30000 habitantes; se instalará en la villa de Cojutepeque luego que se haya reunido la mayoría absoluta de todos los representantes, y después de instalado designará el lugar de su residencia; entre tanto el Ejecutivo protegerá con todo su poder el libre uso de la propiedad y garantizará la seguridad y libertad individual, sin desviarse de la Constitución y de las leyes vigentes, conservará el orden y responderá de su conducta y de todas las medidas que exija la conservación