Rapports

Decreto del Congreso Federal de Centro América disponiendo por las razones en el mismo expuestas que cesará la franquicia y exención de derechos concedida por la Asamblea Nacional Constituyente en sus decretos de 6 y 10 de febrero y 13 de julio de 1824, a favor de los puertos de La Libertad en el Estado del Salvador, del antiguo de Iztapa en el Partido de Escuintla y de San Carlos en la bahía de Cochagua; que por consiguiente se pagarán en ellos los mismos derechos a que están sujetos los demás puertos, con arreglo a los aranceles y dispocisiones existentes, y que los citados decretos de la Asamblea Nacional quedan en su fuerza y vigor en cuanto no contraríen el presente, que comenzará a regir cuatro meses después de su publicación

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