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Decreto de la Asamblea Ordinaria del Estado, reformando la Ley 14 Título 1º, Libro 5º, de la Recopilación, que privilegia a los recién casados con la excepción de cuatro años para los servicios de cargas concejil, dejándola reducida a dos años únicamente. El Jefe del Estado informó favorablemente y el Consejo le dio el pase al decreto

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