Rapports

Decreto de la Asamblea en que se dispone que son días de trabajo, todos los del año, exceptuando los domingos, la Pascua del Nacimiento del Señor, el día de Corpus, Jueves y Viernes Santo, los días de San Juan, San Pedro y Santiago y los del respectivo patrono de cada lugar. Son, además, días de fiesta cívica el 15 de setiembre y el 17 de mayo. Sancionado

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