Decreto de la Asamblea del Estado emitido el 19 de marzo de 1830, por el que, se establecen reglas y disposiciones para reducir a dominio y propiedad particular las tierras legadas a este vecindario de San José por el Padre Cura Manuel Antonio Chapuí y para calificar la propiedad de las que en este concepto se poseían antes o después. Informe del Poder Ejecutivo al Consejo de fecha 26 del mismo, en que manifiesta, que si bien parecen justas y convenientes las disposiciones del decreto, disponiendo de sus productos para objetos de común utilidad del vecindario, también hay que respetar aquellos principios que constituyen y aseguran la propiedad de los particulares, y que aunque en el decreto se salva en parte este derecho, se ataca por otra exigiendo a los poseedores justificaciones que no podrán o no sabrán presentar o de mucho costo, salvadas estas consideraciones el decreto lo juzga el Ejecutivo en lo demás justo y conveniente. El Consejo lo sancionó el 29 de marzo