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"Decreto de la Asamblea Constitucional en que se dispone trasladar la antigua villa de Ujarrás al llano de Santa Lucía, llevando en lo sucesivo el título de villa del Paraíso. El decreto obedece a exposiciones del Ejecutivo con atestados en que se acredita: el inminente riesgo que amenaza a la villa de Ujarrás por los dos ríos que la circunscribe El País al Noroeste y el Macho al Suroeste; lo fáleo y peligroso del terreno y la ""contagiosa epidémica y desoladora peste de calenturas que por tantos años amasa a aquel vecindario"". Se mando pasar al Consejo Representativo y no hubo más"

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