Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, erigiendo a éste Obispado distinto del de Nicaragua, y la Iglesia parroquial de San José en Catedral; disponiendo que el territorio de esta nueva diocesis será el mismo del Estado, y su grey la católica costarricense; nombrando la persona que desempeñará este alto cargo y que ésta antes de entrar al gobierno de su diosesis prestará ante la Asamblea, o ante el Jefe de Estado, si ésta estuviere en receso, en público y con solemnidad, el juramento prevenido por la Constitución Federal y la del Estado En primera oportunidad el Gobierno presentará al Romano Pontífice al obispo electo, solicitando las Bulas de su confirmación y consagración; el mismo Gobierno de ruego y encargo solicitará del Cabildo Eclesiástico de León, delegue sus facultades al nombrado para que entre en el gobierno de su grey El Jefe del Estado dio un extenso y favorable informe sobre este decreto y el Consejo lo sancionó