Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado, emitido el 15 de abril de 1828, por que, se manda construir por cuenta del ramo de Fábrica en el Camposanto de cada pueblo del Estado una capilla de Animas independiente al lado del viento reinante, para el objeto de que se lleven a ella los cadáveres de los fieles, y trae algunas prohibiciones sobre el particular El Decreto fue sancionado por el Consejo Representativo el 30 de abril de 1828