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Decreto de la Asamblea Constitucional del Estado de 20 de marzo de 1827, por el que se dispone que para evitar el ingreso y extracción de los efectos de contrabando, se crearán cuatro guardas por cuenta de la Federación y dependientes de la Tesorería General, 2 volantes y 2 fijos en la Garita del Río Grande Su nombramiento lo hará el Gobierno a propuesta en terna de la Tesorería, y para el auxilio de los fijos se pondrán 2 soldados con el sueldo que paga a los suyos la Federación El Decreto pasó a informe del Poder Ejecutivo y éste lo dio favorable al Consejo Representativo, que le otorgó su sanción el 29 de marzo, como consta en el duplicado que se acompaña

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