Consulta del Poder Ejecutivo a la Asamblea Ordinaria sobre si deben continuar reconociéndose las pensiones de que con el nombre de Monte Pío gozaban las viudas y huérfanos de oficiales veteranos, y los de milicianos muertos en campaña durante el Gobierno Español Dictamen de las Comisiones de hacienda y de Guerra unidas, en el sentido de que debe reconocerse las cantidades devengadas hasta la fecha por razón del referido Monte Pío, a no ser que por la Junta Gubernativa o Asamblea que rigieron al Estado anteriormente, se haya establecido otra cosa; que en lo sucesivo es mejor dejar en las facultades de la Asamblea el conceder premios a solicitud del Gobierno a los empleados y sus familias, en el ramo militar y en los demás destinos públicos por servicios extraordinarios o relevantes. En tal concepto las comisiones presentan un proyecto de Ley por el cual se derogan todas las leyes españolas que concedían pensiones o sueldos con el título de Monte Pío, y se dispone que cuando el Gobierno reconozca en algún ciuda