Consulta del Poder Ejecutivo a la Asamblea Constitucional del Estado, relativa a que, habiendo quedado vacante el Juzgado de Letras porque quien lo desempeña pasa a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia y como la administración de justicia en 1ª Instancia corresponde a esos juzgados, no hay quien lo ejerza, y el Gobierno duda a quien le corresponde el conocimiento de las apelaciones verbales y quien sustituye o hace las veces de Juez de Letras Constituido el Gobierno en un caos de dudas, las presenta al Cuerpo Legislativo para que las tome en consideración y resuelva lo más conveniente. Dictamen de la Comisión de Justicia en que, después de extenderse en varias consideraciones, manifiesta que no encuentra otro recurso para el buen orden de la administración de justicia, que proponer a la Asamblea disponga se nombre por el Gobierno un Juez Letrado de 1ª Instancia que ejerza sus funciones en todo el Estado, mientras hay sujetos para colocar en los otros Departamentos