Carrillo Braulio: Electo para Jefe del Estado en 1837, protesta solemnemente no admitir dicha elección, no renunciando el cargo por no estar abiertos los pliegos correspondientes y declarada la elección popular por la Asamblea; en consecuencia suplica que se tengan por no dados en sufragios que constituyen esa elección. La Comisión de Legislación emitió dos dictámenes: el de la minoría expresa que no sabiendo la Asamblea que Carrillo obtuviera la elección popular, por no haberse abierto los pliegos que la contienen, no puede resolver la solicitud, y el de la mayoría expone que aunque la declaratoria previa de la elección es necesaria Carrillo pudo dimitir desde que tuvo conocimiento del resultado de los sufragios, opina que se acepte la protesta y que se manden reponer las elecciones