Boticas: proposición y proyecto de ley del diputado Nazario Toledo contraidos a establecer médicos de los pobres en cada uno de los departamentos, pagados con fondos municipales y con derecho exclusivo de extender certificaciones en todos los casos de medicina legal y de establecer boticas. Esos médicos serán auxiliados por una Junta de Caridad compuesta con el Gobernador, el Cura Párroco, Alcalde 2º y de dos personas de patriotismo y caridad reconocidos, cuya organización y funciones reglamentará el gobierno. En todas las iglesias los curas y coadjutores darán ejercicios doctrinales los días de fiesta con el objeto de instruir al pueblo en sus deberes, y a las madres en las obligaciones contraídas con Dios y con la sociedad de criar y educar a sus hijos. Se autoriza al Poder Ejecutivo para encomendar a uno o dos profesores la obra de la Cartilla de educación del pueblo. Este proyecto se modificó llamando médicos del pueblo a los creados y quitándoles la facultad de establecer boticas