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Alcabalas Falta de Pago: Proposición del diputado Francisco María Oreamuno en el sentido de que se reforme el artículo de la ley Nº24 de 29 de noviembre de 1847, declarando que la falta de pago de alcabalas no produce la nulidad del contrato respectivo, sino que obliga a satisfacer el triple de aquel derecho

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