Rapports

Alajuela: Exposición y proyecto de ley del presbítero contraídos a que se decrete 1º que el régimen político y judicial del puerto de Puntarenas continuará bajo principios que establece el decreto de 22 de febreo de 1848, quedando el Ejecutivo autorizado para alterarlo o modificarlo según lo exija el interés público, 2º que la ciudad de Esparza será la cabecera del cantón y allí concurrirán en su oportunidad los electores de Puntarenas, y 3º que la autoridad del Gobernador de Alajuela se extienda hasta Esparza únicamente

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