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Acuerdo de la Asamblea Constitucional, se dispone que el franqueo de la correspondencia de las autoridades de Guanacaste dirigidas a la Corte de Justicia y al Tribunal de Cuentas, sea pagado de los Fondos de Propios de los respectivo pueblos. fue vuelto sin sanción por encontrarlo deficiente el Consejo. No fue resellado

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